domingo, 10 de febrero de 2013

El Gobierno creará un registro de inquilinos morosos para proteger a los arrendadores

El Gobierno creará un Registro de Sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler, donde se recogerán los datos de todos los ciudadanos que hayan sido condenados en firme, judicialmente en un desahucio o por la vía del laudo arbitral, por no haber cumplido sus obligaciones de pago para que puedan ser conocidos por los arrendadores.

Leído en www.expansion.com

Ir a la noticia completa, pulsar aqui

sábado, 25 de agosto de 2012

SIN MEDIOS NO HAY JUSTICIA

Unas de las primeras reacciones a la recién aprobada ley para el fomento de alquiler, es la de las  agencias Alquiler Seguro y Arrenta, que nos recuerdan que con la actual estructura judicial, es imposible cumplir con los plazos anunciados a bombo y platillo por el ministerio.
Sin jueces adecuados, sin funcionarios que hagan cumplir las sentencias ¿a que jugamos? ¿A continuar con la política de titulares de prensa de cara a la galería?
En un estado de derecho, las leyes se respaldan con la dotación técnica y económica necesaria para hacer efectivo su cumplimento, pero nosotros no estamos , al parecer, en un estado de derecho, estamos en un estado de estupor, cachondeo e indecisión permanentes.
Venga, a seguir con lo nuestro y dejemos de escuchar los cantos de sirena.

jueves, 23 de agosto de 2012

ANTEPROYECTO DE LEY PARA FLEXIBILIZAR EL ALQUILER


Los inquilinos que se retrasen en el pago del alquiler podrán ser desahuciados en diez días  (LEÍDO EN EL MUNDO)

Los inquilinos que se retrasen en el pago de su renta de alquiler podrán ser desahuciados si no cumplen en el plazo de 10 días. El Ministerio de Fomento presentará este viernes en el Consejo de Ministros un anteproyecto de Ley con una batería de medidas administrativas, judiciales y fiscales encaminadas a "agilizar y flexibilizar" el mercado español de alquiler de viviendas.




Comentario:
Ya son tantas las leyes sin conseguir nada , me acuerdo ahora del desahucio expres, que estamos un poco desanimados, pero bueno, vamos a seguir dando votos de confianza - que remedio nos queda...-

domingo, 11 de diciembre de 2011

¿QUIERES CONTAR TU CASO EN ANTENA3?

Se ha puesto en contacto conmigo una periodista de A3 TV  buscando propietarios estafados por inquilinos morosos para que puedan , si lo desean, contar su caso para un reportaje que están preparando en esta cadena. (solo España).
Si alguno/a está interesado/a en contarlo, escribidme a mi dirección de correo arrepentidodealquilar[arroba]gmail.com, que os pondré en contacto con la periodista.
Animo! y a denunciar, 

sábado, 19 de noviembre de 2011

DETENIDO UN "CASERO" POR CAMBIAR LA CERRADURA AL INQUILINO PARA ECHARLE DE CASA

Leído en el Mundo.es

 Agentes de la Policía Nacional de Burgos han detenido a un varón de 52 años, A.A.M, por los presuntos delitos de allanamiento de morada y realización arbitraria del derecho propio, después de que cambiara la cerradura de una vivienda de su propiedad con el fin de echar al arrendatario, según informaron fuentes de la Subdelegación del Gobierno.
La policía fue avisada porque se había producido una fuerte discusión en un domicilio. Cuando llegaron los agentes, el 'casero' estaba cambiando la cerradura de acceso a una vivienda para evitar que accediera uno de los inquilinos que tenía alquilada una habitación cuyo arrendamiento había terminado, sin que el huésped se quisiera ir de la casa.
El detenido había sacado de la vivienda los enseres del inquilino y le había amenazado gravemente si no se iba.


domingo, 30 de octubre de 2011

SE ACELERAN LOS TRAMITES PARA EL DESHAUCIO

A partir del próximo 1 de Noviembre de 2011, los desahucios de viviendas en alquiler serán más rápidos tras la nueva normativa relativa a los procedimientos de desalojo.

 Resumen de la información encontrada en ELDERECHO.COM

Se acelera el proceso de desahucio, acortando los plazos a 10 días, dejando parte del proceso en manos del secretario judicial, ppor lo que no será necesario esperar la decisión del juez si se sigue el procedimiento,
Estos serían los pasos:
 1.- El desahucio se sigue iniciando por demanda, no por el mero escrito que se exige en el proceso monitorio ex art. 812 LEC.
 2.- El secretario judicial examina y admite, en su caso, la demanda.
 3.- Si el secretario judicial comprueba que concurren los requisitos formales acuerda requerir al demandado para que conteste en 10 días frente a los 20 que concede de plazo el art. 815 para el monitorio normal.

Se reduce a 10 días el plazo del demandado para que conteste ante la reclamación del actor-arrendador para que :

a) Desaloje el inmueble.
b) Pague al arrendador
c) En caso de pretender la enervación, pague la totalidad de lo que deba o ponga a disposición de aquel en el Tribunal o notarialmente el importe de las cantidades reclamadas en la demanda y el de las que adeude en el momento de dicho pago enervador del desahucio.
d) Posibilidad de comunicarle al inquilino que le condona las rentas y costas si abandona el inmueble de inmediato ex art. 437.3 LEC. (se abre una vía de resolución rápida)

e) El requerimiento no solo sirve para requerirle para que pague o abandone el inmueble, sino para que se le cite a la vista y dándole la fecha del lanzamiento.(muy importante para acortar los plazos)

Si quereis leer el articulo completo seguir este enlace: ELDERECHO.COM

martes, 25 de octubre de 2011

MAS INJUSTICIAS : Unos vecinos ocupan la casa de una anciana en Badalona


La afectada deberá mantener los suministros del inmueble con 526 euros de pensión |En caso de negarse, podría ser acusada de un delito de 'coacción' | La Vanguardia.com denunció el caso a principios del año pasado.

sábado, 11 de junio de 2011

ABRIR LA CORRESPONDENCIA DEL MOROSO

Cuando nos hemos podido librar del moroso hay una cuestión que nos afectará durante un tiempo y es que probablemente recibiremos correspondencia del moroso en nuestro domicilio.
¿Que hacer? Lo primero en ningún caso abrirla, al menos en el código penal español, art. 197, el abrir la correspondencia ajena puede estar  penado con carcel de uno a cuatro años. pulsa aqui  para leer el articulo
Como lo más lógico es que no sepamos donde estará nuestro moroso haciendo daño, lo correcto es devolver la correspondencia a Correos ¿Como? en la mayoria de edificios hay un buzón de correos, si no lo hay, con dejar la carta encima de los buzones escribiendo claramente en el exterior "no vive aqui" o "dirección erronea", ya se encargará el cartero de la correspondencia, pero insisto jamás la abrais, aunque tengais muchas ganas de ello..

jueves, 12 de mayo de 2011

CAZADOS POR EL DESAHUCIO EXPRESS

Bueno, esto que he leido en el blog de La Comunidad en la web EnAlquiler parece que nos dá alguna esperanza:

El Desahucio Express podrá fallar en la celeridad, pero caza a los inquilinos morosos profesionales. Su truco más viejo para retrasar el desahucio eternamente ya no funciona. Antes se escondían para no recoger la notificación de la demanda y así demorar el pleito. Ahora, si no se les encuentra, se anuncia la citación en el tablón del juzgado y punto. (Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 164)

Seguir leyendo....

A ver si con la publicación de sus datos en los tablones de los juzgados podemos dar el siguiente paso lógico, que sería que se considere reincidencia y que exista un registro público de morosos profesionales como en su día solicité ( y no me hicieron caso) al entonces Ministerio de la Vivienda

sábado, 23 de abril de 2011

LA MOROSIDAD REPETIDA EN EL ALQUILER NO ES DELITO

Aunque pueda estar muy mal visto, ser un moroso reincidente en el alquiler no es delito. No existen registros fiables de morosos, un juicio de desahucio no deja huella judicial en el moroso, puede tener tantos  juicios como moroso como impagos presente, que esto, ni aumentará la condena por reincidencia ni dará lugar a una condena superior o hacer que el moroso entre en la categoría de reincidente. Así de claro y así de triste. Y si el mismo moroso roba una gallina, la siguiente gallina ya será considerada como reincidencia y aumentará su pena. Y yo me pregunto ¿dejar de pagar un alquiler de forma repetida y reincidente no es robar?
La unica solución es aumentar el nivel de seguridad a la hora de alquilar, con lo que disminuiremos proporcionalmente el riesgo y los posibles inquilinos.
Lo lamentable de esto es que como no queda constancia de la morosidad del individuo, esto hace que cada vez nuestro moroso se profesionalice más y mejore sus técnicas de robo.
Y partirle las piernas puede ser una solución , pero acostumbra a ser un problema.
O sea que , como conclusión digo, lo mejor es que si tenemos que alquilar, lo hagamos con todas las seguridades, avales y medios legales disponibles.